El Ministerio de Trabajo ha anunciado cambios significativos en las sanciones relacionadas con el incumplimiento de la jornada laboral. Con el objetivo de asegurar el cumplimiento de la nueva normativa y evitar falsificaciones en el registro horario de los trabajadores, se implementarán medidas más estrictas y sanciones más severas para las empresas que infrinjan las regulaciones establecidas.

Nuevas cuantías 

La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) considera el incumplimiento del registro horario como una infracción grave. Actualmente, las sanciones por estas infracciones varían entre 751 y 7.500 euros, dependiendo de la gravedad. Sin embargo, el borrador presentado por el Gobierno introduce un aumento significativo en estas cuantías. Las nuevas sanciones se fijarán en:

  • Grado mínimo: de 1.000 a 2.000 euros.
  • Grado medio: de 2.001 a 5.000 euros.
  • Grado máximo: de 5.001 a 10.000 euros.

Estas modificaciones buscan asegurar que las empresas mantengan un registro preciso de las horas trabajadas, evitando prácticas fraudulentas que podrían perjudicar a los empleados.

Digitalización del registro horario

El nuevo borrador también plantea la eliminación del registro en papel, sustituyéndolo por un sistema digital. Este sistema será accesible remotamente por la Inspección de Trabajo, facilitando así el control y la verificación del cumplimiento de las normativas en tiempo real. La transición a un sistema digital no solo moderniza el proceso, sino que también lo hace más transparente y difícil de manipular.

Aumento de sanciones en Prevención de Riesgos Laborales

Además de las nuevas sanciones por incumplimiento del registro horario, el Ministerio de Trabajo ha anunciado un incremento en las multas relacionadas con la prevención de riesgos laborales. Las infracciones que supongan un riesgo grave e inminente para la salud y seguridad de los trabajadores serán clasificadas como muy graves. Las sanciones por estas infracciones podrían alcanzar hasta el millón de euros.

Los artículos 12 y 13 de la ley, que tratan sobre infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, serán modificados para incluir sanciones por incumplimientos en la organización y ordenación del tiempo de trabajo. Esto abarca aspectos como los periodos mínimos de descanso diario y semanal, las vacaciones anuales, la duración máxima de la jornada, las pausas durante la jornada, y la regulación del trabajo nocturno, el trabajo a turnos, y el ritmo de trabajo. Las nuevas sanciones oscilarán desde los 2.451 euros en su grado mínimo hasta los 983.736 euros en su grado máximo, dependiendo del daño a la salud de los trabajadores y la inminencia del riesgo.

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