Desde mayo de este año, está en vigor el Real Decreto-ley 4/2023, una nueva reglamentación laboral que aborda la prevención de riesgos en situaciones de elevadas temperaturas, especialmente en olas de calor durante el verano. Esta normativa modifica el Real Decreto 486/1997, que hasta la fecha regulaba las condiciones ambientales en el trabajo al aire libre.
Medidas aprobadas
- Protección: cuando se realicen trabajos al aire libre o en lugares que no puedan cerrarse por la naturaleza de la actividad, se deben tomar medidas adecuadas para proteger a los trabajadores frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, como las altas temperaturas.
- Evaluación de riesgos: la adopción de medidas preventivas debe basarse en una evaluación de los riesgos laborales, considerando tanto los fenómenos mencionados como las características de la tarea y el estado de salud de los trabajadores.
- Prohibición de tareas en condiciones extremas: conforme a esta disposición y al artículo 23 del Real Decreto 1561/1995, se prohíbe la realización de ciertas tareas durante las horas del día en las que se presenten fenómenos meteorológicos adversos. Esta restricción tiene como objetivo garantizar la adecuada protección de los trabajadores.
- Adaptación de condiciones de trabajo: si la Agencia Estatal de Meteorología emite un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo, y las medidas preventivas previamente adoptadas no aseguran la protección adecuada, las empresas deberán adaptar las condiciones de trabajo, incluyendo la reducción o modificación de las horas de la jornada laboral.
- Aplicabilidad: esta disposición adicional se aplica a todos los lugares de trabajo, incluyendo aquellos mencionados en el artículo 1.2 del Real Decreto 486/1997.
Trabajos afectados por la ley
La nueva regulación afecta a diversos ámbitos laborales, entre ellos:
- Medios de transporte y lugares de trabajo asociados.
- Obras de construcción temporales o móviles.
- Industrias de extracción.
- Buques de pesca.
- Campos de cultivo, bosques y terrenos agrícolas o forestales ubicados fuera de las zonas edificadas.
¿Cuándo quedará prohibida la actividad?
Es responsabilidad de las empresas evaluar si la realización de una actividad bajo condiciones de calor extremo representa una amenaza grave e inminente para la salud de los trabajadores. Esta decisión se toma principalmente a través de los responsables de salud laboral de la empresa, en coordinación con los departamentos de recursos humanos.
En grandes compañías, los delegados sindicales especializados en salud laboral y prevención de riesgos desempeñan un papel importante, notificando a la empresa cualquier riesgo percibido y teniendo la facultad de detener la actividad si consideran que existe un riesgo inminente. Sin embargo, en las pymes, esta figura puede ser menos común, dejando la decisión exclusivamente en manos de la empresa.
Es importante que las empresas actualicen sus planes de prevención y especifiquen su reacción ante avisos de fenómenos meteorológicos de nivel naranja o rojo emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología. Estas medidas pueden incluir la suspensión temporal de la actividad u otras acciones preventivas, según corresponda.
¿A qué temperatura está prohibido trabajar?
No existe una temperatura específica que obligue a una empresa a detener su actividad. El riesgo de estrés térmico está influenciado por varios factores, como la temperatura, la humedad, la vestimenta laboral, los descansos y el acceso a fuentes de agua.
Cada plan de prevención debe detallar los riesgos y las circunstancias específicas. Es común que empresas especializadas en seguridad laboral desarrollen estos planes, dedicando tiempo para su supervisión en el lugar de trabajo.
¿Qué hacer si la empresa decide no parar la actividad?
Si un trabajador experimenta fatiga, dolor de cabeza, mareos o calambres musculares durante su jornada laboral, es fundamental que se detenga inmediatamente. Estos síntomas están asociados a un golpe de calor, que ocurre cuando la temperatura corporal supera los 40 grados. El trabajador debe interrumpir su actividad, solicitar ayuda a un compañero para llamar a emergencias o al servicio médico de la empresa.
Cabe destacar que cualquier empleado tiene el derecho de presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo si considera que existe un riesgo flagrante para los trabajadores. La inspección evaluará la situación y tomará las medidas necesarias.
Nerta prevención
En la actualidad, todas las empresas tienen la obligación de contar con un plan de prevención de riesgos laborales que abarque una evaluación exhaustiva de los peligros inherentes a su actividad, incluyendo aquellos relacionados con la temperatura, ya sea que la empresa opere al aire libre o en espacios cerrados. Pide presupuesto sin compromiso a los profesionales de Nerta Prevención.
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